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Validez de los cursos Carpe Diem

: 18-10-2018

Validez de los Cursos con Reconocimientos y Acreditaciones de los cursos

Los cursos Carpe Diem tendrán validez según su reconocimiento/acreditación en:

  • Cursos con Reconocimiento de Oficialidad por la ESSSCAN (Escuela de Servicios Sanitarios y Sociales de Canarias).
    • Según Orden de 16 de enero de 1997, por la que se regula el reconocimiento de oficialidad de los cursos que en materia de sanidad y asuntos sociales. Consejería de Sanidad y Consumo.
  • Cursos con Título propio de la Universidad Antonio de Nebrija. Con estos cursos obtienes una Titulación Universitaria expedida por dicha entidad, así como créditos Universitarios Europeos (ECTS). Con estos cursos homologados podrá obtener puntos en los exámenes para los concursos-oposición, en bolsas de contratación, oposiciones, plazas interinas y oposiciones para docentes de todo el país. Estos puntos computan en el baremo de méritos dentro del apartado de formación y son muy valorados en todos los sectores labores porque optimizan la carrera curricular del alumno.
  • Curso con Título acreditado por la Universidad Pública Rey Juan Carlos. Formación Carpe Diem es una entidad colaboradora de la Universidad Rey Juan Carlos (Universidad Pública Española). Con estos cursos podrá obtener puntos en los exámenes para los concursos-oposición, en bolsas de contratación, oposiciones, plazas interinas y oposiciones de todo el país.
  • Cursos Acreditados por la Dirección General de Calidad, Investigación y Gestión del Conocimiento de la Consejería de Salud de la Junta de Andalucía.
    • Según Decreto 203/2003,  8 de Julio por el que se regula el procedimiento de Acreditación de las actividades de Formación Continuada de las profesiones sanitarias.
  • Cursos Reconocidos de Interés Docente-Sanitario por la Consejería de Salud.
    • ORDEN de 2 de octubre de 1997, por la que se regula el Reconocimiento de Interés Docente – Sanitario.

VALIDEZ DE LOS CURSOS:

Validez de los cusos con reconocimiento de Oficilidad de ESSSCAN ..:Serán válidos los cursos Carpe Diem con reconocimiento de Oficialidad de ESSSCAN para la baremación de los cursos. Al dar de alta el curso en el sistema,  en el apartado “Tipo de centro” hay que elegir “organismo público o escuelas adscritas” y en “centro” hay que poner la entidad de la que procede el reconocimiento, por lo que hay que poner “Escuela de Servicios Sanitarios y Sociales de Canarias”. Así es como se bareman los cursos.

- Validez de los cursos de Carpe Diem Acreditados por Universidades.

  • Son válidos para oposiciones porque según la legislación: Los cursos de formación deberán haber sido convocados, organizados e impartidos por los órganos competentes en materia de educación permanente del profesorado de las distintas administraciones educativas...; por las universidades públicas o privadas competentes para expedir titulaciones universitarias de carácter oficial y validez en todo el territorio nacional.... Las certificaciones de los cursos deberán reflejar el número de horas o, en su caso, el número de créditos ..... Así como deberán estar expedidas por el rectorado, vicerrectorado, decanato, secretaría de las facultades, dirección de las escuelas universitarias o dirección de los centros de formación permanente.
  • Son válidos para Bolsas de Empleo porque la legislación dice: Las actividades de formación serán valorados si se cumplen los siguientes requisitos: 1. Estar directamente relacionados con la categoría, especialidad, o área de trabajo solicitada. 2. Haber sido impartidos y/u organizados por alguna de las siguientes instituciones: a) Centros Universitarios,... Escuelas de Salud Pública adscritas a cualquiera de los organismos citados, ....

Validez de los cursos acreditados por la Comisión de Formación Continuada: En la Ley 44/2003 de Ordenación de las Profesiones Sanitarias, concretamente en el artículo 35 (Acreditación de centros, actividades y profesionales) podemos ver la siguiente información: “El Ministerio de Sanidad y Consumo y los órganos competentes de las comunidades autónomas, en el ámbito de sus respectivas competencias, podrán acreditar actividades y programas de actuación en materia de formación continuada de los profesionales sanitarios, así como, con carácter global, centros en los que las mismas se impartan”. Por lo tanto, los cursos impartidos en nuestro Centro y acreditados por la Comisión de Formación Continuada de la Agencia de Calidad Sanitaria de la Junta de Andalucía entran dentro de los requisitos exigidos para la baremación de los cursos. Del mismo modo, el DECRETO 203/2003, de 8 de julio, por el que se regula el procedimiento de acreditación de las actividades de formación continuada de las profesiones sanitarias, establece que  la Dirección General de Organización de Procesos y Formación es el órgano competente para la acreditación de la formación continuada de las profesiones sanitarias y que entre sus funciones se establece la acreditación de actividades concretas de formación sanitaria continuada, a solicitud de las personas o entidades organizadoras de las mismas, con validez en el conjunto del Sistema Nacional de Salud, no estableciéndose diferenciación alguna entre entidades privadas o sin ánimo de lucro, siendo el único requisito presentar una solicitud de acreditación conforme a lo previsto en este decreto. El Artículo 8.2 dice “Las acreditaciones de las actividades formativas emitidas de conformidad con lo dispuesto en el presente Decreto tendrán validez para todo el ámbito del Sistema Nacional de Salud, de conformidad con lo establecido en el Convenio de Conferencia Sectorial Interterritorial del Sistema Nacional de Salud sobre formación continuada de las profesiones sanitarias”. En el Artículo 7.1 dice “Las personas o entidades organizadoras de actividades formativas, que quieran acreditar las mismas, deberán presentar solicitud conforme a lo previsto en este Decreto, respecto de aquellas actividades presenciales y mixtas, impartidas en el ámbito de la Comunidad Autónoma de Andalucía, así como de las no presenciales organizadas e impartidas por personas o entidades organizadoras con residencia en la Comunidad Autónoma de Andalucía”.

Validez de los cursos reconocidos de interés docente-sanitario: La Orden de 2 de Octubre de 1997 por la que se regula el reconocimiento de interés docente- sanitario,  dice en su artículo 1.3 dice: “Se otorgará el reconocimiento de interés docente-sanitario a aquellas actividades formativas como cursos, doctorados, masters, etc. que contribuyan a la preparación de los trabajadores de la Salud para responder tanto a las necesidades actuales como futuras y que garanticen la actualización de nuevos conocimientos, así como la calidad de las actuaciones en su ámbito profesional.” Y su artículo 3 dice: “Podrán solicitar el reconocimiento de interés científico-sanitario o de interés docentes-sanitario, aquellas asociaciones, fundaciones, entidades de carácter público o privado, que acrediten tener personalidad jurídica y estar legalmente constituidas”. Y en la Resolución de las actividades podemos encontrar: “Por tanto dicho Reconocimiento será extensivo a los Trabajadores de la Salud”

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